miércoles, 22 de febrero de 2012

La reforma laboral Capítulo a Capítulo. Fomento para la contratación indefinida y otras medidas para favorecer la creación de empleo. Capítulo II


El Capítulo II del Real Decreto-ley 3/2012 de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Contempla 4 medidas para favorecer la contratación indefinida así como la creación de empleo.

-          Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores
-          Contrato a Tiempo Parcial.
-          Trabajo a Distancia.
-          Bonificaciones de cuotas por transformación de contratos temporales en indefinidos.



1.- Contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores

Objetivo del contrato,  facilitar el empleo estable en las empresas con menos de 50 trabajadores

Duración y jornada, será de duración indefinida a jornada completa y se formalizará por escrito y un período de prueba de 1 año

Dirigido,  a trabajadores en desempleo y que hayan percibido al menos 3 meses las prestaciones por desempleo

Podrá el trabajador podrá compatibilizarlo con percibir el 25% de la prestación por desempleo cada mes

Incentivos fiscales, una deducción fiscal de 3.000.-€ y a una deducción fiscal por un importe equivalente al 50% de la prestación por desempleo que el trabajador tuviera pendiente de percibir en el momento de la contratación

Bonificaciones, Jóvenes entre 16 y 30 años 1.000.-€/año 1.100.-€/ 2 año y 1.200.-/ 3 año. Se establecen otros importes para mayores de 45 años y para mujeres

Para percibir estos incentivos y bonificaciones se ha de mantener al trabajador al menos 3 años en su puesto de trabajo


2.- Contrato a Tiempo Parcial

La novedad que introduce la reforma respecto al Contrato a Tiempo Parcial, es la flexibilidad del mismo ante la posibilidad de poder realizar horas extraordinarias.

La suma de las horas ordinarias y de las extraordinarias, no podrá ser superior al 100% de la jornada del Tiempo  Parcial


3.- Trabajo a distancia

Se regula el trabajo a distancia y tendrá la consideración de trabajo a distancia aquél, en el que la prestación de la actividad laboral se realice de manera preponderante en el domicilio del trabajador o en el lugar libremente elegido por éste, de modo alternativo a su desarrollo presencial en el centro de trabajo de la empresa.

Realmente lo que se establece es el reconocer esta figura, y se garantiza a los trabajadores contratados bajo esta modalidad los mismos derechos y garantías que los trabajadores


4.- Bonificaciones de cuotas por transformación de contratos en prácticas, de relevo y de sustitución en indefinidos

Las empresas que transformen en indefinidos los contratos mencionados anteriormente, cualquiera que sea su fecha de celebración, tendrán derecho a una bonificación en lña cuota empresarial a la Seguridad Social de 500.-€/año durante 3 años.



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