¿TRABAJO O SALUD? POR QUÉ NO DISFRUTAR DE AMBAS….
Según el diccionario de La Real Academia Española, TRABAJO es “Acción y efecto de trabajar. Ocupación retribuida. Esfuerzo humano aplicado a la producción de riqueza”.
Ø Sentido positivo que va más allá de la ausencia de enfermedad.
Ø Sentido integrador que equipara el aspecto físico de la salud con el mental y social para conseguir un "todo" en el que el individuo se “sienta bien”.
TRABAJO Y SALUD, están íntimamente relacionados, ya que el primero sirve a la persona para satisfacer necesidades fundamentales (alimentación, vivienda, etc.) que, de no obtenerse conllevan a la pérdida de la salud, así como otras secundarias (realización personal, status social, etc.) que también apuntan a alcanzar ese “estado de bienestar“ que es la salud. En la actualidad, si bien la sociedad ha alcanzado niveles de bienestar importantes, la vertiente negativa del trabajo en relación con la salud se sigue produciendo. Los cambios tecnológicos, la competitividad, los ritmos y organización de los procesos productivos, los productos empleados, el mercado laboral, la crisis por la que estamos pasando, etc., son factores que, cuando no están debidamente gestionados, pueden suponer un menoscabo de la salud del trabajador.
1.- I
La salud laboral, la reducción sostenida y significativa de la siniestralidad laboral y la mejora continua de las condiciones de trabajo son cuestiones prioritarias para LAS EMPRESAS.
Para reducir la siniestralidad laboral y mejorar las condiciones de trabajo, es necesario abordar diferentes acciones, principalmente de información, formación y SENSIBILIZACIÓN Estas acciones no deben estar dirigidas o afectar exclusivamente a las personas que desarrollan su actividad en el campo de la Prevención de Riesgos Laborales. Es fundamental que todo empresario, mandos intermedios y los propios trabajadores tengan CONCIENCIACIÓN en Prevención de Riesgos Laborales.
TRODUCCIÓN
LAS EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL SON UNA BUENA SOLUCIÓN PARA CANALIZAR DE MANERA “SEGURA” LA TEMPORALIDAD EN NUESTRO PAÍS
¿Dónde Queremos Llegar?
¿A DÓNDE QUEREMOS LLEGAR?
La seguridad no es sólo una prioridad, es parte de nuestro valor como empresa y el comportamiento que refleja nuestro hábito en la prevención de riesgos.
El objetivo común en el que debemos trabajar es en la Integración de la Prevención de Riesgos en la empresa.
Para ello es necesario analizar la repercusión de cada acción derivada del Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales sobre el conjunto de la empresa, estudiando las ventajas e inconvenientes que cada una de estas acciones presenta con respecto a los objetivos prefijados.
¿QUÉ QUEREMOS HACER??
Trabajar con seguridad, llegar al nivel del buen comportamiento del trabajador, como un compromiso llevado dentro de los principios del sistema de prevención de riesgos de la Organización.
NUESTRA MISIÓN
Desarrollar una cultura, aprendizajes y conocimientos dentro del negocio, que dé lugar a un desempeño con SEGURIDAD de la gestión de la prevención, evitando pérdidas humanas, colectivas y económicas.
CONDUCIR Y PREVENIR
El nivel de seguridad y calidad, que queramos alcanzar depende directamente de la conducta de las personas. El desempeño humano está en función del comportamiento y de los resultados de esa conducta. Ambos están ligados a la SENSIBILIZACIÓN en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
La principal causa de PÉRDIDAS:
ü FALTA DE CONTROL, debida a programas inadecuados, estándares inadecuados del programa e gestión de PRL, incumplimiento de las normas establecidas según el sistema de gestión.
ü CAUSAS BÀSICAS, factores personales y factores del trabajo
ü CAUSAS INMEDIATAS, actos y condiciones por debajo de los límites establecidos por la ley.
Todas ellas conllevan a las siguientes situaciones:
- Incidente de Seguridad, que puede producir daños personales y materiales
- Incidente de Calidad, una defectuosa calidad en los servicios ofrecidos.
RESPONSABILIDAD ANTE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO
Cuando se produce un accidente y la formación e información en materia de prevención, que es obligatoria (por parte de LAS EMPRESAS) no es la correcta, se pueden producir las siguientes consecuencias:
Ø se pueden iniciar diligencias previas para determinar posibles responsabilidades penales. La responsabilidad penal es personal, es decir de una persona en concreto de la organización que respondería con las penas que pudieran solicitarse. Como responsable civil subsidiario (es decir económicamente) respondería la empresa. Las diligencias previas se pueden iniciar sin necesidad de denuncia, el propio hospital tiene obligación de comunicarlo al juzgado.
Ø a veces no se abre la vía penal, y el trabajador o sus familiares pueden interponer una demanda civil o laboral por reclamación de daños y perjuicios. Dichos daños y perjuicios respondería la empresa, con su compañía aseguradora.
Ø además de la vía penal o civil elegida, en caso de no haber procedido correctamente se recibe acta de la inspección de trabajo con la posible sanción.
Ø y por último de oficio o vía denuncia la inspección de trabajo puede iniciar un proceso por recargo de prestaciones. ¿En qué consiste el recargo de prestaciones? Del total del período de incapacidad temporal, y si además le fuese concedida alguna incapacidad al trabajador, la empresa a la cuantía reconocida por el INSS podría ser condenada a añadir de un 30 a un 50% de dicha cuantía mensual toda la vida. Además con el agravante que de estas cuantías no puede responder la compañía aseguradora porque está prohibido legalmente.
Marta de Antón
No hay comentarios:
Publicar un comentario